Nuevo sistema para promover el cumplimiento de obligaciones tributarias

Se trata del nuevo “Sistema de Acciones de Control Electrónico” (Siace) que será implementado a partir del jueves por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). El mismo está destinado a "promover el cumplimiento de las obligaciones formales y materiales de los administrados".

El anunció se dio a conocer por medio de la Resolución General 5364/2023 publicada en el día de la fecha en el Boletín Oficial y comenzará a tener vigencia “el día siguiente al de su publicación, es decir el jueves 1 de junio. 

Comprende “acciones de verificación y control” como “inducciones, comunicaciones, requerimientos, fiscalizaciones, entre otras”, para tender al “cumplimiento de las obligaciones impositivas, aduaneras y de los recursos de la seguridad social de los contribuyentes y/o responsables”.

El trámite del Siace se iniciará con la notificación en el Domicilio Fiscal Electrónico del contribuyente y/o responsable, que se identificará con un “Código de Acción de Control Electrónico”.

Al momento de dar una respuesta, el contribuyente y/o responsable se verá obligado a su cumplimiento dentro del plazo fijado en la notificación, de tres a 15 días hábiles.

De este modo, el contribuyente y/o responsable deberá ingresar al servicio web denominado “Acciones de Control Electrónico” disponible en la web institucional (https://www.afip.gob.ar), seleccionar la opción “Cumplimiento a la Acción de Control Electrónico” y acceder al correspondiente “Código de Acción de Control Electrónico”, debiendo contar para ello con la Clave Fiscal con nivel de seguridad 2 o superior.

“Asimismo, en los casos de requerimientos y/o fiscalizaciones, podrá adjuntar -por la misma vía y en formato “.pdf”- la prueba documental que considere oportuno presentar”, detalló la AFIP.

Al finalizar la transmisión electrónica de datos, el sistema emitirá un acuse de recibo que será válido como comprobante de cumplimiento.

Todos los documentos procesados y obtenidos tendrán el carácter de declaración jurada. 


Una vez cumplida la acción de control electrónico y analizada la documentación pertinente, la AFIP Federal avisará la finalización del procedimiento a través del Domicilio Fiscal Electrónico.

A fin de realizar su seguimiento y verificar el estado de cada una de ellas, el contribuyente y/o responsable podrá consultar a través del servicio “web” denominado “Acciones de Control Electrónico” la nómina -actual e histórica- de las acciones de control electrónico notificadas. 


Además podrá solicitar la prórroga del plazo para dar cumplimiento a la acción de control electrónico, que deberá formalizarse con anterioridad a su vencimiento. Esta misma podrá verse solo por única vez. 
La AFIP aseveró que “en ningún caso se otorgará una prórroga que supere los 15 días hábiles administrativos”.

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